Muchas parejas conviven durante años sin casarse, y aunque no hayan pasado por una ceremonia civil, la ley peruana reconoce la “unión de hecho” como una relación válida… pero solo si cumple ciertos requisitos y se formaliza correctamente.
¿Qué es la unión de hecho?
La unión de hecho es la convivencia libre, voluntaria y estable entre un hombre y una mujer, por un mínimo de 2 años continuos, sin impedimentos legales para casarse.
- Debe inscribirse en Registros Públicos para que tenga efectos legales.
- Solo después de esto se puede reclamar derechos sobre los bienes comunes, acceso a herencias o seguridad social.
¿Qué problemas suelen aparecer?
Si la unión no está formalizada:
- No puedes exigir reparto de bienes si se separan.
- No puedes heredar.
- No se reconoce la convivencia en muchos trámites legales.
Si se formaliza tarde:
- Solo se reconocen los bienes adquiridos desde que se inscribió.
Por eso es clave hacer una declaración judicial o notarial a tiempo y contar con un abogado especializado que te guíe.
¿Y si ya terminó la relación?
Si la pareja se separa, y hubo bienes adquiridos durante la convivencia, se puede exigir un reparto equitativo, siempre que la unión esté acreditada. También se pueden reclamar pensiones o establecer acuerdos sobre hijos en común.
En Abogados Mype te ayudamos a:
- Formalizar la unión de hecho ante notario o juez.
- Iniciar un proceso judicial si tu expareja se niega a reconocerla.
- Reclamar el reparto de bienes adquiridos en convivencia.
- Asegurar tus derechos como conviviente frente a terceros o instituciones.
No dejes tu relación en el limbo legal. Escríbenos y te asesoramos con confianza y rapidez.


